Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015-O
Fecha: 09-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los accionantes, denunciaron el incumplimiento de la Resolución de 25 de marzo de 2014, pronunciada por el Tribunal de garantías, que le concedió en parte la tutela solicitada; alegando que, los demandados a pesar de haber tomado conocimiento de dicha determinación no cumplieron lo instruido, impidiéndoles el 27 de marzo de igual año, el ingreso a la Asociación de Comerciantes Minoristas “Señor de la Sentencia” y negándoles la ocupación de sus espacios físicos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- los accionantes, se advierte
- NO HA LUGAR