DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015

Fecha: 14-Dic-2015

I.1. Contenido de la consulta

El Concejo Municipal de San Javier, recibió la DCP 0066/2015, cuyos fundamentos y parte resolutiva estableció la incompatibilidad de los arts.: 22 (en su numeral 20); 99.II (en sus numerales 3 y 4); 101 (la frase: “Los derechos reconocidos por esta Carta Orgánica no podrán ser alterados por las leyes municipales que regulen su ejercicio”); así como el deber mantener sin modificaciones el texto del parágrafo I del art. 6 que fue declarado compatible por la DCP 0007/2013, conforme los fundamentos expuestos en los Fundamentos Jurídicos.

Por lo que, una vez recibida la DCP 0066/2015, la consultante adjuntó la Resolución Municipal 003/2015 de 3 de junio, mediante la cual acredita que María Eugenia Valverde Temo fue electa como Presidenta del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de San Javier, y remite el acta de aprobación de las modificaciones realizadas al proyecto de la Carta Orgánica Municipal de San Javier, mediante Resolución Municipal 013/2015 de 30 de abril, para que siga su respectivo procedimiento en el Tribunal Constitucional Plurinacional.