DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015
Fecha: 14-Dic-2015
III.
Habiéndose pronunciado las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0007/2013 y 0066/2015 las cuales declararon la incompatibilidad de algunos artículos del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de San Javier, María Eugenia Valverde Temo, Presidenta del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de San Javier, provincia Cercado del departamento de Beni, remitió en consulta el proyecto modificado de la referida Carta, considerando haber adecuado la misma.
Por consiguiente, corresponde someter a control previo de constitucionalidad la misma, para determinar su compatibilidad o incompatibilidad con las normas constitucionales, labor que le encomienda al Tribunal Constitucional Plurinacional por mandato del art. 202.1 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 5
- 22
- I.
- las modificaciones realizadas a un artículo ya declarado compatible no pueden ser objeto de análisis dentro de la presente Declaración, ya que la misma se circunscribe únicamente a lo dispuesto por la DCP 0007/2013, entendiendo que los artículos declarados compatibles deben mantenerse en su texto tal y como fueron aprobados
- se tiene como conclusión que la Declaración Constitucional Plurinacional determina la incompatibilidad de unos artículos, los cuales deben ser modificados o suprimidos del proyecto remitido para hacer viable la constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica Municipal remitida a éste Tribunal; a su vez, los artículos fueron declarados compatibles, los mismos deben mantenerse en su integridad sin ser objeto de modificación alguno
- la modificación consiste en que las resoluciones municipales no serán para el registro
- por consiguiente, se mantiene la incompatibilidad de los numerales 3 y 4 del actual art. 99 del proyecto modificado.
- Artículo 100.
- Examen de constitucionalidad