DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015

Fecha: 14-Dic-2015

las modificaciones realizadas a un artículo ya declarado compatible no pueden ser objeto de análisis dentro de la presente Declaración, ya que la misma se circunscribe únicamente a lo dispuesto por la DCP 0007/2013, entendiendo que los artículos declarados compatibles deben mantenerse en su texto tal y como fueron aprobados

Al respecto tenemos que las modificaciones realizadas a un artículo ya declarado compatible no pueden ser objeto de análisis dentro de la presente Declaración, ya que la misma se circunscribe únicamente a lo dispuesto por la DCP 0007/2013, entendiendo que los artículos declarados compatibles deben mantenerse en su texto tal y como fueron aprobados, y en caso de ser estos modificados conllevaría a considerarse los mismos como una causa nueva; es decir, como si se tratara de la presentación de un nuevo proyecto de Carta Orgánica Municipal para que sea contrastado con la Constitución Política del Estado; por tal motivo, las modificaciones de lo ya declarado compatible no pueden ser objeto de revisión dentro del proceso de adecuación del proyecto de la presente Carta Orgánica Municipal.