Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0221/2015 de 16 de diciembre, correlativa a la DCP 0034/2014 de 13 de junio; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0221/2015 de 16 de diciembre, correlativa a la DCP 0034/2014 de 13 de junio; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 111. (Marco Constitucional)

Artículo 111. (Marco Constitucional) El Gobierno Autónomo Municipal de acuerdo a las disposiciones de la Constitución Política del Estado, referidas a competencias exclusivas, compartidas, concurrentes y delegadas; legislará, reglamentará y/o implementará las competencias en materia de infraestructura y servicios básicos.