Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
III.
El accionante denuncia que el Fiscal Departamental de Beni vulneró sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia, igualdad efectiva de las partes, el debido proceso en sus elementos de congruencia, debida fundamentación, interdicción de analogía, así como los principios de legalidad, verdad material y seguridad jurídica, por cuanto a tiempo de revocar la Resolución de sobreseimiento solo respecto de su persona, se fundó únicamente en tres elementos probatorios, sin pronunciarse ni contrastar aquellos que se produjeron durante la etapa preparatoria, razón por la cual, la Resolución FDB/AICR/018/2015, carece de fundamentación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Jurisprudencia reiterada
- la revisión sobre la fundamentación por la justicia constitucional, en este tipo de casos, solo podrá realizarse cuando las incongruencias de tal magnitud sean evidentes; empero, de ninguna manera corresponderá revisar la contundencia o no de las pruebas consideradas por un Fiscal Departamental para emitir una acusación, pues la emisión de una acusación atinge exclusivamente al Ministerio Público bajo responsabilidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR