SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

concedió

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 18/2015 de 7 de julio, cursante de fs. 320 a 322, concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto la Resolución de medida cautelar de 3 de julio de 2015, debiendo la autoridad demandada en un plazo razonable señalar nueva audiencia de consideración de medida cautelar respecto solo al coacusado Jaime German Zuleta “Iturry” -hoy accionante-, debiendo cumplirse todas las formalidades de ley; en base a los siguientes fundamentos:    1) Por la fundamentación del accionante y el informe de la autoridad demandada, se tiene que el 3 de julio de 2015 de horas 15:00 hasta 17:55 se realizó audiencia conclusiva, posteriormente a horas 18:00 hasta 18:45 se instaló y efectuó la audiencia de medida cautelar, en la cual el ahora accionante no contó con su abogado ni defensor de oficio, y pese a su reclamo no fue escuchado por el Juez, quedando en absoluto estado de indefensión; 2) La ausencia de documentación como el acta de audiencia y la Resolución de la imposición de la detención preventiva contra el ahora accionante, imposibilita considerar objetivamente si durante la tramitación de la audiencia medidas cautelares estuvo asistido por su abogado, tampoco se pudo constatar que el accionante interpuso oportunamente su reclamo para que se le designe un defensor de oficio, ya que indicó que el Juez supuso un copatrocinio con la abogada del coimputado; y, 3) Finalmente realizó evocaciones inherentes a la celeridad procesal, la responsabilidad de los funcionarios subalternos, el art. 5 del CPP, como la finalidad de la detención preventiva.