SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

a)

El representante legal de la institución financiera demandada no presentó informe escrito; sin embargo, encontrándose su apoderado en audiencia, señaló lo siguiente: a) No se puede hablar de negativa puesto que el Banco FIE S.A. cumplió con la reincorporación dispuesta por el Tribunal de garantías en una anterior acción de amparo constitucional; b) Una resolución de amparo no puede hacerse cumplir con otra de similar naturaleza, al no ser la vía pertinente, ya que existen otros mecanismos para su cumplimiento; y, c) El pago solicitado por el impetrante de tutela está siendo procesado por el área de contabilidad y se está a la espera de la revisión de la Resolución emitida por el Tribunal de garantías por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional.