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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2015-S1

    Fecha: 07-Dic-2015

    II.3

    II.3.    El 28 de mayo de 2015, el accionante reiteró su solicitud de pago de salarios devengados y primas a la entidad financiera demandada en virtud a una resolución de amparo constitucional presentada por su persona en la cual se dispuso la reincorporación inmediata y el pago de sus salarios devengados desde el momento de su destitución hasta la fecha de su restitución (fs. 3).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3
    • II.4
    • III.1.
    • III.2.  Sobre el derecho a la petición
    • el derecho de petición se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición, sin que se limite a una consecuencia meramente formal y procedimental”
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 1°

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