SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

a)

La parte accionante ratificó in extenso los términos de la acción de libertad presentada y ampliándola refirió que: a) Hace once días la accionante ya no recibe medicamentos ni atención médica, estando retenida en el Hospital Universitario UNIVALLE, por no haber cancelado la totalidad de la cuenta adeudada; b) Puso a conocimiento que al centro hospitalario mencionado se canceló la suma de Bs6 900.- (seis mil novecientos bolivianos), se donó Bs2 000.- (dos mil bolivianos), la familia pagó Bs1 200.- (mil doscientos bolivianos) y el seguro Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y por otra parte tienen conocimiento que se activó el SOAT que cubre la suma de  Bs23 000.-; y, c) El esposo de la accionante es vendedor de discos compactos y padre de cuatro hijos; por lo que, no cuenta con el dinero para la cancelación de la deuda.