SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.3
II.3. Dentro del proceso penal instaurado por el Ministerio Público contra el hoy accionante por la presunta comisión del delito de violencia intrafamiliar o doméstica, el Juez Primero de Instrucción Mixto y cautelar de Villazón dictó el Auto de 16 de junio de 2015, a través del cual declaró extinguida la acción penal en mérito a la aplicación del criterio de oportunidad y del beneficio del perdón judicial; toda vez que, el imputado no tiene antecedentes penales (fs. 41 vta. del Anexo 1). Por Auto complementario de 24 del mismo mes y año, el referido Juez, dispuso que, en mérito a la declaratoria de extinción de la acción penal, se libre el correspondiente mandamiento de libertad a favor de José Ivañez “Liquitay” -actual accionante- (fs. 44 del Anexo 1).