SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alegó la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad jurídica de las partes, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y a la propiedad privada; toda vez que, dentro del proceso ejecutivo que inició el Fondo de la Comunidad S.A. FFP contra la empresa “FEMCO S.R.L.”, que se desarrolló con una serie de aparentes irregularidades e inobservancia al procedimiento legalmente establecido, generando el reclamo del afectado –ahora accionante– que denunció una veintena de supuestas anomalías y utilizando los medios que la ley le otorgaba presento nulidad de obrados, que fue rechazado, planteando ante ello apelación; empero las autoridades –hoy demandadas– mediante Auto de Vista 322/2014 de 13 de noviembre, confirmaron el Auto de 23 de agosto de 2013, sin un aparente análisis de los cuestionamientos realizados a lo largo del proceso, denunciados en cada ocasión, mismos que no tomaron en cuenta en el Auto de Vista cuestionado, que no cumpliría con el deber de fundamentación mucho menos con el principio de congruencia, implicando de forma directa una negativa a revisar los errores y agravios causados por el Juez de primera instancia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- NULIDAD ABSOLUTA Y COMPLETA DEL PROCESO, CON COSTAS Y MULTA DADA LA TEMERIDAD Y MALICIA
- a
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.El debido proceso en la acción de amparo constitucional
- .
- …el debido proceso, entendido como el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, consagrado en nuestro texto constitucional en una triple dimensión, en los arts. art. 115.II y 117.I como garantía, en el art. 137 como derecho fundamental y en el art. 180 como principio procesal; y en los arts. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como derecho humano…
- III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto