Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
Respondiendo a las preguntas del Juez de garantías, el accionante indicó que el tanque antiguo fue destrozado y que la nueva conexión pasa por su propiedad, además que los dirigentes le aseguraron que iban a conectar el servicio de agua previo pago de la suma de $us1500.-, por lo que considera que es un monto elevado, pues anteriormente sirvió a la comunidad y sus familiares también trabajaron dos jornales.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- la presente acción de defensa no puede ser utilizada como una instancia supletoria para pedir el cumplimiento de resoluciones,
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR