SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

I.2.1. Ratificación de la acción


El representante del accionante, ratificó los fundamentos de la demanda, puntualizando los siguientes aspectos: Que, el recurso de casación interpuesto fue declarado inadmisible por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con el argumento de que no se invocó el precedente contradictorio; empero, el Tribunal Constitucional estableció una salvedad a esta regla en caso de denuncias de defectos absolutos, caso en el cual no es necesario citar los precedentes contradictorios que ahora observan las autoridades demandadas, puesto que, lo que se reclamó es la falta de señalamiento de audiencia conclusiva que es trascendental en procesos penales, vulnerando de esta manera el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa.