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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2015-S1

    Fecha: 28-Dic-2015

    II.2.

    II.2. El 5 de agosto de 2015, la accionante presentó apelación incidental ante el Juez de Instrucción Mixto en lo Penal y Liquidador de Tarabuco del departamento de Chuquisaca, contra la determinación emitida en la audiencia de cesación a la detención preventiva de 4 de similar mes y año, que dispuso mantener dicha medida extrema (fs. 28 a 29 vta.).

    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • III.3.Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
    • no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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