Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso ligado íntimamente a la restricción y supresión de su libertad; toda vez que, el Juez de Instrucción Mixto en lo Penal y Liquidador de Tarabuco del departamento de Chuquisaca, como contralor de derechos y garantías fundamentales, vulneró el debido proceso encontrándose detenida preventivamente, a consecuencia de un procesamiento ilegal de la que fue objeto, por existir una denuncia infundada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, así como la imputación formal del Ministerio Público, la cual carece de una debida fundamentación.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3.Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR