SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

II.2.

II.2. De fs. 4 a 8, cursan formularios de información rápida emitidos por la oficina de DD.RR. el 13 de noviembre de 2014, que dan cuenta que los inmueble registrados bajo las matrículas 7011060026084 y 7011060026085, correspondientes a las UV JS 008 y UV JS 009, cuyo propietario vigente es la Sociedad Comercial “CREDICASAS LA FUENTE JN S.R.L.”, se encuentran vigentes; asimismo, folio real 7.01.06.0026088, mismo que establece los siguientes aspectos: a) El inmueble se encuentra ubicado en la UV.J.S.012, MZA.1 AL 21 (M-1, L-1, AL15), (M-2, L-1 AL 26) (M-3, L-1 AL 24), (M-4, L-1 AL 17, 19 AL 28) (M-5, L-1 AL 9, 11 AL 15); b). En la casilla referente a la titularidad sobre el dominio, figura un único asiento, el cual contempla como propietario del inmueble a la Sociedad Comercial “CREDICASAS LA FUENTE JN S.R.L.”; c) En la casilla referente a la titularidad sobre el dominio, en este único asiento, se establece que la adquisición del inmueble tiene causa la Escritura Pública 1864 de 4 de octubre de 2001; y, d) Cuya emisión figura de 13 de noviembre de 2014 (fs. 4 a 8 vta.).