SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

la acción de amparo constitucional puede ser desistida ante el juez o tribunal de garantías e inclusive antes del pronunciamiento del respectivo fallo constitucional

Como se advierte, la Sentencia constitucional Plurinacional citada, establece que la acción de amparo constitucional puede ser desistida ante el juez o tribunal de garantías e inclusive antes del pronunciamiento del respectivo fallo constitucional; también puede presentarse luego de haber sido considerada por el juez o tribunal de garantías y antes del pronunciamiento en grado de revisión por este Tribunal”.