Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante, ratificó los fundamentos de la demanda, ampliándola con los siguientes argumentos: Manifiesta que debe dejarse en claro que el acto que se considera lesivo a los derechos fundamentales es la RA 052/2015, dictada por el ex Gobernador a.i. Lino Condori Aramayo, por dos motivos; en primer lugar, el silencio administrativo positivo; toda vez que la autoridad demandada no resolvió la impugnación a la resolución en el plazo establecido en el art. 97 del DS 0181; en segunda instancia, procedió a dictar la resolución de referencia de manera incongruente con el recurso planteado.