SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1376/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1376/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

i)

Arnulfo Gómez García Vargas, Albert Teófilo López Martínez y Alfredo Choque Llampa en representación legal de Edgar Rafael Bazán Ortega, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro mediante informe, cursante de fs. 51 a 53 vta., manifestaron que: i) La Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, emitió la ilegal Resolución de Conminatoria 017/2015, porque el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro se encuentra regida por el Estatuto del Funcionario Público; ii) Ante un eventual despido, el accionante debió recurrir en primera instancia ante las autoridades del citado Gobierno Autónomo Municipal, solicitando su reincorporación, empero acudió directamente a la Jefatura Departamental de Trabajo, instancia que no tiene competencia para disponer la reincorporación del impetrante de tutela al ser este un funcionario público, además que existe un reglamento de impugnación al régimen laboral de la función pública aprobado mediante Resolución Ministerial 014/2014 de 18 de enero; y, iii) Conforme al informe emitido por la Dirección de RR.HH. de la indicada institucional edil, se establece que de acuerdo a la revisión del file de Michael Omoya Arias, su relación laboral con el referido Municipio fue bajo la modalidad de contrato por prestación de servicio a plazo fijo, siendo que el último tenia vigencia hasta el 31 de marzo de 2015, empero que no fue recogido por el interesado, habiendo sido de su conocimiento.