SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1395/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.3.
II.3. Por memorial de 14 de agosto de 2015, Jorge Yulliano Arista Alcocer, interpone acción de libertad contra Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de La Paz, denunciando lesión de sus derechos a la vida y a la salud por la indebida dilación a su solicitud de cesación de detención preventiva de fecha 7 de ese mes y año. Tampoco fue atendida la solicitud de salida judicial para atención médica impetrada el 11 del referido mes y año. En su memorial, advierte que el similar de El Alto, conoció en primera instancia la solicitud de cesación de detención preventiva; sin embargo, fue suspendida por un incidente de conexitud y acumulación de causas remitiéndose obrados ante el Juzgado de la Jueza demandada. (fs. 3 a 4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 4
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Celeridad con la que deben actuar los administradores de justicia en el señalamiento de audiencias de cesación o modificación de medidas cautelares
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3.
- i)
- CONFIRMAR en todo