Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1395/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante, considera vulnerados sus derechos a la libertad, a la vida y salud; toda vez que, habiendo solicitado cesación a la detención preventiva, ésta no fue resuelta hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad, incumpliéndose los plazos señalados por ley.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 4
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Celeridad con la que deben actuar los administradores de justicia en el señalamiento de audiencias de cesación o modificación de medidas cautelares
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3.
- i)
- CONFIRMAR en todo