Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1402/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.3.
II.3. Mediante oficio 113/2015 de 13 de agosto con cargo de recepción del mismo mes y año, el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz solicitó “se remita DE MANERA INMEDIATA a este Juzgado (Ubicado en la radial 17 ½ entre 6to y 7mo anillo, de esta ciudad), los antecedentes cursantes dentro del proceso penal…” (sic) (fs. 27 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- fue reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, cuando tuteló los supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares
- debe entenderse que
- presunción de veracidad
- III
- CONFIRMAR en todo