AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2015-RCA

Fecha: 02-Feb-2015

II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión

De la compulsa de la acción se evidencia que, la accionante a través de su representante legal, el 1 de diciembre de 2014, interpuso una primera acción tutelar contra el AS 270/2014, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia (fs. 514 a 518 vta.), a los cinco meses y veintiocho días de haber sido notificada con dicho actuado, es decir el 3 de junio del referido año (fs. 497). Dicha acción fue declarada por no presentada, por Resolución 02/2014, emitido por la Sala Primera de Turno por vacación judicial del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca (fs. 521 a 522), la diligencia de notificación con dicho fallo fue practicada el 12 de diciembre del 2014 (fs. 523); de la relación fáctica descrita, y como bien refiere el Tribunal de garantías, restaban dos días para la conclusión del plazo de seis meses, para la interposición de esta acción de defensa.