Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2015-RCA
Fecha: 06-Feb-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución “58/2014” de 2 de enero de 2015, cursante de fs. 82 a 84, pronunciada por la Sala de Turno por vacación judicial del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “Estése al sorteo de fecha 30 de mayo de 2014”
- I.2.
- improcedencia
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el plazo de los seis meses para la presentación de la demanda de acción de amparo constitucional, es un plazo perentorio, que a su simple vencimiento, caduca
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR