AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2015-RCA

Fecha: 26-Feb-2015

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante considera lesionados sus derechos al trabajo, a un salario justo, a una fuente laboral en condiciones equitativas y satisfactorias, a la inviolabilidad, a la universalidad, a la interdependencia, a la indivisibilidad y a la progresión de los derechos sin discriminación alguna y al debido proceso, citando al efecto los arts. 13, 14.II, 46.I, 110, 113.I y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); 22 y “27” de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.