SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

8. Conocer demandas de reincorporación

Empero, como esta norma está siendo aplicada de forma progresiva, debemos también tener presente las competencias de los jueces de materia laboral según el art. 152 de la Ley de Organización Judicial (LOJ.1993), que reguló sobre los juzgados de trabajo y seguridad social y su competencia, ordenando que: “Los jueces del trabajo y seguridad social tienen competencia para lo siguiente: