Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 26 de marzo de 2014, cursante de fs. 60 vta. a 64 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La existencia de un documento de compromiso de venta y pago debidamente reconocido, fue el motivo por el que la demandada se encontraba en posesión pacífica de los lotes; 2) El accionante no ha cumplido con los requisitos exigidos para tutelar la acción por vías de hecho; y, 3) La existencia de sucesos controvertidos, al considerar la demandada que tiene derecho sobre los lotes debido a suscripción del documento de compra venta.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2
- hechos controvertidos
- III.3.
- CONFIRMAR