SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
II.5.
II.5. Informe de 25 de marzo de 2014, emitido por la funcionaria policial de la FELCC, Yanneth Callisaya Chambi, que refiere que el 21 de marzo del citado año, a denuncia verbal de Omar Wilson Gutiérrez Maddalleno, se constituyeron en el barrio “La Tabladita” en la planta de la Cooperativa de Saneamiento Agua y Alcantarillado (COSALT), calle La Victoria, colindante con la quebrada “Verum” en la que se protagonizó un escándalo, por medio de lesiones físicas entre partes, que pudo verificar en el interior del lote a tres personas desconocidas trabajando, quienes manifestaron que el terreno sería de Josefa Gallardo Laime y que estarían construyendo, quienes insultaron a Omar Wilson Gutiérrez Maddalleno (fs. 34).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2
- hechos controvertidos
- III.3.
- CONFIRMAR