SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S1

Fecha: 10-Feb-2015

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 217/14 de 9 de junio de 2014, cursante de fs. 139 a 143 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo se deje sin efecto el Auto Superior 16/2013 de 12 de noviembre, emitido por los Vocales demandados, debiéndose dictar uno nuevo en cumplimiento a los argumentos esgrimidos en la Resolución, observando las líneas jurisprudenciales supra indicadas y en forma inmediata, previo sorteo; fallo que fue pronunciado en base a los siguientes fundamentos: i) A este Tribunal de garantías no le está permitido realizar la valoración de la prueba que es una atribución propia de la jurisdicción ordinaria, máxime cuando la resolución que vincula a este Tribunal resultará ser la última y de cierre emitida por las autoridades demandadas que suscribieron el Auto Superior 16/2013, que derivó en la declaratoria de improcedencia del recurso de casación, coligiéndose que no tomaron en cuenta la nueva visión constitucional y la jurisprudencia constitucional referente a la verdad material (Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2210/2012, 0413/2013, 0439/2013, 0971/2013 y 2128/2013) que tienen que ver con el incumplimiento de requisitos formales, dentro de un sistema judicial que procura la verdad material; y, ii) La decisión de improcedencia marcada en el Auto Superior 16/2013, fue emitida sin observar los principios constitucionales expresados en los arts. 178 y 180 con relación al art. 115.II, todos de la CPE y la jurisprudencia constitucional que tiene carácter vinculante, constituyéndose en un límite al derecho de acceso a la justicia y a la garantía constitucional de la doble instancia, que deberán ser reparadas a través de la presente acción de defensa.