SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S1
Fecha: 10-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de valoración de la prueba (errónea compulsa de la misma) y motivación, congruencia, acceso a la justicia y doble instancia; toda vez que, dentro del proceso de reconocimiento de unión libre o de hecho que inició, se dictó la Sentencia de 18 de marzo de 2013, declarando probada la demanda, que fue apelada por el demandado, instancia en la cual se revocó la misma a través de Auto de Vista 04/2013 de 19 de junio, por el Juez ahora demandado, quien no valoró correctamente la prueba aportada, motivando que interponga recurso de casación, mismo que fue declarado improcedente por los Vocales demandados mediante Auto Superior 16/2013 de 12 de noviembre, quienes arguyeron que no cumplió con la especificación de las normas legales infringidas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- III
- III.3. Análisis del caso concreto
- Actuación del Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social y Mixto de Muyupampa del departamento de Chuquisaca
- conceder
- Fragmento 19