SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S1
Fecha: 10-Feb-2015
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante a través de su representante, alega que las autoridades demandadas han vulnerado sus derechos al debido proceso en sus elementos de valoración de la prueba (errónea compulsa de la misma) y motivación, congruencia, acceso a la justicia y doble instancia; toda vez que, dentro del proceso de reconocimiento de unión libre o de hecho instaurado contra Patrocinio Pérez Velasco, el Juez demandado, no valoró correctamente los elementos probatorios aportados por su parte, revocando la Sentencia apelada para declararla improbada. De la misma manera actuó el Tribunal de casación al haberse pronunciado por la improcedencia del recurso, argumentando que no cumplió con los requisitos formales.
Al respecto, como se extrae de la problemática planteada, el accionante cuestiona las actuaciones de los Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca y el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social y Mixto de Muyupampa del mismo departamento, correspondiendo por ello referirse a cada una de ellas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- III
- III.3. Análisis del caso concreto
- Actuación del Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social y Mixto de Muyupampa del departamento de Chuquisaca
- conceder
- Fragmento 19