Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2015-S3
Fecha: 02-Feb-2015
II.3.
II.3. El certificado treintañal de 06 de mayo de 2013, como la Matricula 8.02.1.01.0008736, expedidos por el Subregistrador de DD.RR .de Riberalta del departamento de Beni, dan cuenta que en el asiento A-1, se encuentra registrado el derecho propietario de Domitila Saavedra Fuentes de Rosales, sobre el lote de terreno ubicado en la calle 3 de febrero, Manzana No 186, Lote No 658, con una superficie de 300.00m2 (fs. 46 y 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- denegó
- I.3 Trámite Procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR