SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2015-S1

Fecha: 10-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que la Resolución que declara legal el recurso de compulsa, está basado en una interpretación y aplicación indebida, arbitraria e ilegal, de las normas que regulan los aspectos de plazos procesales y que las autoridades demandadas efectuaron el cómputo de plazo para la interposición del recurso, aplicando el art. 1490 del CC, ampliando el término a día hábil porque fenecía en día festivo o inhábil, desconociendo que la indicada norma ha sido derogada por la Ley de Inscripción de Derechos Reales; señala como lesionado su derecho y garantía al debido proceso, por el quebrantamiento de los principios de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad y jerarquía normativa.

En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales, lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.