SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

i)

El representante del Ministerio Público, manifestó en su requerimiento, que: i) El 18 de junio de 2014, existió recepción de una persona detenida, cuyo nombre es Limbert Rodríguez Mendoza; ii) La causa fue sorteada por el sistema IANUS al Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz; iii) A partir de ese momento, existe un Juez contralor de garantías, que adquiere competencia a efecto de resguardar cualquier derecho, por lo que es aplicable el principio de subsidiariedad a efecto de resguardar cualquier derecho; y, iv) En el fondo, se conoce que, el accionante fue aprehendido a raíz de una acción directa, y que una vez puesto en conocimiento del Fiscal, se realizaron las diligencias de investigación; para luego, el 18 de junio del presente año, sea puesto a disposición del Juez de garantías, quien debía correr con los procedimientos, por lo que se establece que los hechos denunciados, no se subsumen a lo que indica el art. 125 de la CPE; aspecto por el cual, solicita se deniegue la tutela impetrada.