SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0073/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0073/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 22 de abril de 2008, en la localidad de Huanuni, fue encontrado el cadáver de una adolescente; el proceso penal se sustanció en el Tribunal de Sentencia de dicha localidad, en su contra y de otros, por la supuesta comisión de los delitos de violación con agravante y asesinato, condenándolo a la pena de quince años de presidio porque supuestamente se lo encontró culpable en grado de complicidad del delito de asesinato; Resolución que fue apelada y rechazada por encontrarse fuera del plazo procesal.

De toda la documentación presentada como prueba, se establece que el hecho ocurrió el 18 de abril de 2008, fecha en la cual era menor inimputable; ya que, contaba con quince años, once meses y quince días de edad; sin embargo, el Fiscal demandado emitió orden de aprehensión y el Juez de Instrucción en lo Penal instruyó mandamiento de detención preventiva, error que fue convalidado por el Tribunal de Sentencia Penal.

Dichas autoridades tenían la obligación de realizar la debida revisión de los antecedentes que cursaban en obrados para tramitar el procedimiento adecuado con relación a su persona, en virtud a la minoridad con que contaba al momento en que sucedió el hecho punible; por lo que, correspondía la tramitación de acuerdo al Código Niño, Niña y Adolescente, debiendo haberlo remitido a la jurisdicción especial; es decir, al Juez de la Niñez y Adolescencia, quien es la única autoridad competente para conocer infracciones en conductas tipificadas como delitos en los que incurre como autor o partícipe un adolescente y no bajo el procedimiento ordinario penal, como fue su caso; mismo que, ocasionó su detención indebida e ilegal, además de un proceso indebido; motivo por el cual, su persona sigue ilegalmente detenida en el penal de San Pedro del departamento de Oruro.