SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0075/2015-s2
Fecha: 03-Feb-2015
a)
El abogado, en representación de los accionantes, ratificó in extenso el tenor de la demanda, puntualizando que: a) El hecho se suscitó a raíz de un problema familiar entre hermanos, sobre un inmueble, el cual dio origen a dos denuncias en las que se produjo la conexitud de causas; por coincidir en su condición de denunciantes y denunciados, lo que motivó que se pida la acumulación de ambas demandas y al no haberse dado curso, provocó un enfrentamiento familiar que derivó en lesiones gravísimas; b) De acuerdo con el contenido de la declaración informativa prestada, se colige que no existe ninguna acusación directa en relación con la supuesta denuncia de tentativa de homicidio; y, c) La detención ilegal se infiere en virtud a que el delito denunciado corresponde al mínimo legal que dispone la ley; por lo cual, solicitan tutela.
- I.1.1. Hechos que la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- subsidiariedad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- III.3. Análisis del caso concreto
- dentro de las veinticuatro horas desde que tomó conocimiento de la aprehensión.
- CONFIRMAR en todo