SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0075/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0075/2015-s2

Fecha: 03-Feb-2015

III.3.  Análisis del caso concreto

Los accionantes argumentaron que, sin que medie causa ni prueba indiciaria alguna, en relación a la comisión de los delitos denunciados, la Fiscal de Materia, Milenka Rodas Patiño, ordenó indebidamente su detención, en abierta vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa, en infracción de los arts. 1 y 2 de la LOMP; por cuanto, la Institución que representa está llamada a velar por el respeto de los derechos y garantías constitucionales.

En ésta línea, de acuerdo con el objeto de la denuncia planteada, en relación directa con el petitorio señalado por los mismos accionantes; se establece que, estos solicitan la tutela de su derecho a la libertad y bajo dicha determinación, se disponga su inmediata libertad. Por su parte, la autoridad demandada, señaló que dispuso la aprehensión en el marco de las facultades conferidas por el art. 226 del CPP, por cuanto le está permitido ordenar la aprehensión cuando sea necesaria la presencia del imputado y existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años; expresando además que, remitió a la autoridad jurisdiccional dichos antecedentes, quien estaría asumiendo en ese momento el conocimiento de los hechos que motivaron la denuncia e investigación que efectuó desde hace más de tres meses, siendo inminente el inicio de la etapa preparatoria.