SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S1

Fecha: 11-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público, por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado y homicidio, se llevó a cabo audiencia de medidas cautelares con ilegalidades en su tramitación; como ser, la falta de firma “plena” de la Jueza demandada en el decreto de señalamiento y en la notificación con la misma, sin cumplir con los requisitos establecidos por el art. 166 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), hechos que constituyen defecto absoluto; asimismo, se les negó arbitrariamente su derecho de interponer el incidente de nulidad correspondiente; igualmente, el acta de audiencia refleja datos contradictorios respecto al número de personas que participaron en la supuesta comisión de los delitos; también, sus declaraciones fueron tomadas sin la presencia de su abogado ni de la Fiscal de Materia, quien no firma las mismas, cursando en el cuaderno de investigaciones una declaración “inventada”; además, existen dos denuncias, una del Policía asignado al caso y otra de la parte civil por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado y tentativa de homicidio; empero, la Fiscal de Materia no realizó la ampliación de la misma e imputó por el delito de homicidio que no se encuentra denunciado; pese a tales irregularidades la Jueza demandada, en el acta de audiencia señaló falsamente haber revisado el cuaderno de investigaciones.