Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2015-S2

    Fecha: 12-Feb-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe del funcionario policial demandado
    • concedió
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 6
    • Fragmento 7
    • III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
    • III.3. De la subsidiariedad de la acción de libertad
    • es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
    • 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca