SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 58/2014 de 27 de junio, cursante de fs. 166 a 169, denegó la tutela solicitada, con los siguientes argumentos: i) Frente a la supuesta vulneración, los accionantes presentaron recurso de revocatoria y posteriormente recurso jerárquico, este último data de 3 de enero de 2014; ii) Refiriéndose al art. 53.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), indican que no se contestaron los recursos interpuestos por los accionantes, y no existe resolución que explique todo el informe brindado por los demandados, cuya negligencia se debe específicamente al Director de Carrera, “tomando en cuenta que tiene conocimiento de los recursos de revocatoria y jerárquico presentados, no siendo óbice, para que de forma muy sutil pueda responder que no se hubiese contestado hasta el presente” (sic); y, iii) Si bien los accionantes promovieron la presente acción; sin embargo, no se verificó su rol activo dentro la audiencia, resultando improcedentes los puntos planteados, porque ya existe un recurso de revocatoria y otro jerárquico que las autoridades demandadas deben contestar, y la autoridad competente debe tramitar como corresponde.