SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante ratificó la acción interpuesta, puntualizando que si bien la acción de amparo constitucional no se puede ingresar a valorar prueba e interpretar la legalidad ordinaria, ello es posible de forma excepcional cuando se vulneren derechos y garantías constitucionales, como en el presente caso; dado que, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación presentado, simplemente se avocó a confirmar del Auto interlocutorio de 4 de octubre de 2013, sin expresarse sobre la identidad de sujeto, objeto y causa.