Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa, alegando que dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión que interpuso y posteriormente retiró, la Jueza hoy demandada ordenó de manera ultra petita se libre mandamiento de desapoderamiento en su contra, con el argumento ilegal de que lo hacía en cumplimiento de una resolución del Tribunal de garantías de una acción de amparo constitucional que fue confirmada por este Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- ,
- Fragmento 6
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La improcedencia de activar otro amparo cuando existe Resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone
- i)
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional
- la autoridad recurrida, no ha vulnerado los derechos que se invocan en el recurso, por cuanto ha actuado en cumplimiento al mencionado fallo constitucional
- cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR