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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2015-S1

    Fecha: 26-Feb-2015

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    • 20.105,50 m2
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • derechos e intereses colectivos
    • la acción popular protege, además de derechos e intereses colectivos, derechos e intereses difusos
    • Los intereses de grupo no encuentran protección en la acción popular, pues, como se tiene señalado, en esos casos no existe un interés común -colectivo ni difuso-, sino un interés individual que, en todo caso, podrá ser tutelado a través de la acción de amparo constitucional, previa unificación de la representación
    • patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución
    • III.2. De la falta de legitimación activa del Alcalde Municipal en la acción popular
    • Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo
    • SCP 0689/2013 de 3 de junio
    • las entidades estatales de derecho público se encuentran expresamente consignadas por las normas legales que rigen en la materia, para ser titulares de este tipo de acciones
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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