SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

Fragmento 19

           En esa misma línea, el art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señaló que “Presentada la acción, la Jueza, Juez o Tribunal señalará día y hora de audiencia pública, que tendrá lugar dentro de las cuarenta y ocho horas de interpuesta la acción. Para tal efecto se dispondrá la notificación personal o por cédula a la autoridad o persona accionada” (las negrillas están añadidas).