Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
I.2.2. Informe
Lourdes Rossi Telleria y Boris Pacheco Barrios, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia de Riberalta del departamento de Beni, mediante memorial de 30 de julio de 2014, cursante a fs. 57 y vta., señalaron que de manera extraoficial tomaron conocimiento la presente acción de libertad, sin tener acceso a su contenido, refiriendo además que llama de sobremanera la atención que se haya admitido la presente acción tutelar, vulnerando su derecho a la defensa previsto por el art. 115 de la CPE, ya que en Riberalta existen autoridades competentes para el trámite de la presente acción, solicitando se deniegue la tutela e impugnando la competencia de la autoridad que conoce la misma acción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. De la tutela del debido proceso en la acción de libertad
- III.2. Tutela al debido proceso vinculado a la extinción de la acción penal no es viable mediante acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- denegado
- Fragmento 14