Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por medio de su representante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de acción de libertad, y ampliándola refirió que después de casi tres semanas de la interposición de su apelación, el 4 de julio de 2014, el caso fue radicado en el Juzgado Quinto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, proceso que fue devuelto al Juzgado de origen para su respectivo trámite, el mismo que hasta la fecha no se realizó, hecho que generó perjuicio, al incumplirse lo determinado por el art. 251 del CPP y lo dispuesto en audiencia.
- acción de libertad
- “
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- posteriormente a las dilaciones indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR