Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
II.
II.2. Por Auto interlocutorio de 9 de junio de 2014, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, Juan Carlos Montalbán, señala que al haberse dejado sin efecto el sobreseimiento por el Tribunal de garantías, deja sin efecto los Autos de 26 de marzo, de 7 y 15 de abril, todos de 2014, revocándose los mandamientos de libertad que fueron librados, manteniéndose vigente las medidas cautelares que pesaren en contra de los imputados -ahora accionantes- , así como revocarse la orden de cancelación de antecedentes penales (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La ejecución de resoluciones de Jueces o Tribunales de garantías no corresponde que sean impugnadas a través de otras acciones constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR