Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala que la autoridad demandada el 14 de julio de 2014, dentro de la tramitación de violencia intrafamiliar, dispuso como medidas de protección ratificar su salida conjuntamente sus dos hijos del domicilio conyugal, en pleno desconocimiento de los arts. 32, y 35.1, 3 y 5 de la LIGM y los plazos para imponer estas medidas, obligándole a alquilar un cuarto en Bs500.-, consolidándose de esa forma la re victimización y dejándoles en desamparo al disponer que el agresor siga habitando en la única vivienda que tiene de manera mancomunada, vulnerando los derechos de sus hijos menores y de ella que se encuentra en estado de gestación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Protección especial y superior de los menores de edad
- Esta protección estatal de la maternidad, está íntimamente ligada con un derecho primario
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º Dejar sin efecto