SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.2.Informe de las autoridades demandadas

Milenka Gutiérrez Antezana, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto, por informe cursante de fs. 111 a 112; al igual que su similar Tercera, respecto al proceso seguido por el Ministerio Público contra Jesús Galo Condori Condori y otros, señaló que: Su persona como autoridad de control jurisdiccional, se encuentra en la obligación de velar porque no se vulneren los derechos y garantías de las partes procesales que intervienen y no así como pretenden los accionantes sobre terceras personas, puesto que no es inherente  a sus facultades, teniendo en cuenta que existen otras instancias para hacer valer sus derechos; por otra parte los accionantes no presentaron solicitud de cesación a la detención preventiva, conforme establece el art. 239 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por lo cual no puede ser valorada tal situación jurídica; por lo expuesto solicita se rechace la presente acción tutelar.